Periodista: Prensa An / Fotografo: Prensa An
La Asamblea Nacional (AN) sancionó este miércoles la Ley para el Respeto de los Derechos Humanos en el Ejercicio de la Función Pública, la cual desarrolla en sus 22 artículos los principios de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) en cuanto a la garantía del respeto y disfrute de los DDHH de los usuarios y usuarias de la administración pública por parte del Estado.
Esta ley comprende tres capítulos y una disposición final. El primero determina el marco sustantivo de la ley dentro de la promoción, garantía, contribución y aseguramiento de las actividades propias de la función pública en el marco del respeto a los derechos humanos. Desarrolla también todo lo relativo al ámbito de aplicación y el principio de corresponsabilidad del Estado.
El segundo capítulo define los espacios referidos a los derechos humanos en la función pública, presentándolos en dos partes. La primera corresponde a la difusión, promoción y educación en materia de DDHH dentro de las instituciones públicas; y la segunda a los segmentos de la población a la cual se garantiza el debido respeto e estos derechos fundamentales.
Mientras que el tercer capítulo refiere las medidas administrativas y prohibiciones que deben acatarse para el efectivo cumplimiento de las disposiciones de la ley. En cuanto a la disposición final, está plasmada en la CRBV y los Tratados Internacionales ratificados por la República.
Además de las estrategias de discusión masivas para los funcionarios y funcionarias que se destaquen en el resguardo y protección de los DDHH, la norma jurídica hace énfasis en favorecer a aquellos sectores discriminados por razones étnicas, raciales, color, nacionalidad, religión, condición social, opinión política, condición de discapacidad, identidad de género, orientación sexual o cualquier otra condición.
Resalta igualmente que todos los funcionarios públicos deben respetar, garantizar y proteger los DDHH conforme a los principios de universalidad, igualdad, interdependencia, progresividad y corresponsabilidad.