La presente ley regula el mercado de valores, integrado por las personas naturales y juridicas que participan de forma directa o indirecta en los procesos de emision, custodia, inversion, intermediación de titulos valores, asi como sus actividades conexas o relacionadas, para lo cual se establecen los principios rectores de su organizacion y funcionamiento.
Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto regular los términos y condiciones en que los órganos y entes con competencia en el régimen de administración de divisas, ejercen las atribuciones que le han sido conferidas por el ordenamiento jurídico, conforme a los convenios cambiarios dictados al efecto, y los lineamientos para la ejecución de dicha política; así como los parámetros fundamentales para la participación de las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, en la adquisición de divisas y los supuestos de hecho que constituyen ilícitos en tal materia y sus respectivas sanciones.
Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza y Fuerza de Ley.
Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, tiene por objeto regular lo relativo al régimen de exploración y explotación del oro y demás minerales estratégicos del Estado Venezolano, para la promoción y desarrollo en el ejercicio de las actividades reservadas, el régimen de regalías y las ventajas especiales, así como su régimen sancionatorio.
Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto regular los términos de aplicación de la política integral del Estado en los espacios fronterizos terrestres, insulares, acuáticos y aéreos de la República Bolivariana de Venezuela, preservando, garantizando, defendiendo y ejerciendo, la soberanía, la seguridad, la defensa, el desarrollo integral, la integridad territorial, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, tiene por objeto regular las Actividades Petroquímicas que se ejecuten en el país, incluyendo aquellas actividades industriales mediante las cuales se opera la transformación química o física de materias primas basadas en hidrocarburos gaseosos, hidrocarburos líquidos y sustancias minerales que sean utilizadas como insumos para estas actividades, sean solas o mezcladas, o en combinación con otras sustancias e insumos, que se determinen en este Decreto Ley, su Reglamento y demás normativas que se dicten a tal efecto.
Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto regular la administración financiera del sector público, el sistema de control interno y los aspectos referidos a la coordinación macroeconómica.
La presente Ley tiene por objeto regular y desarrollar la organización y funcionamiento del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), el cual será órgano de ejecución de la administración aduanera y tributaria nacional, sin perjuicio de lo establecido en otras leyes.
El Banco Central de Venezuela es una persona jurídica del derecho público, de rango Constitucional, de naturaleza única, con plena capacidad pública y privada, integrante del Poder Público Nacional.