Esta Ley, tiene por objeto definir el monto de endeudamiento en Bolívares, que la República podrá contraer mediante operaciones de crédito público, por encima del monto máximo previsto en la "Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Económico Financiero 2021", publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.589 Extraordinario de fecha 30 de octubre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.
Esta Ley tiene por objeto regular el juramento que deben prestar las personas para el ejercicio de sus funciones públicas como medio para expresar el compromiso ético de cumplir cabal y fielmente sus responsabilidades y deberes con el Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela.
Esta Ley tiene por objeto establecer los mecanismos adecuados para prevenir, atender, erradicar y sancionar la discriminación racial en cualquiera de sus manifestaciones, garantizando a toda persona y grupos de personas, el goce y ejercicio de sus derechos y deberes consagrados en la Constitución, leyes, tratados, pactos y convenios internacionales relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por la República.
Esta Ley tiene por objeto establecer los principios fundamentales y normas generales que permitan fortalecer el respeto, garantía y protección de los derechos humanos en el ejercicio de la función pública.
El origen de esa enmienda es resultado de la relación entre el deterioro de la capa de ozono y otra problemática global: el cambio climático, definido como el incremento gradual de la temperatura de la Madre Tierra, conocido como calentamiento global, acompañado de una mayor frecuencia e intensidad de los fenómenos climático. Es muy importante que la República Bolivariana de Venezuela suscriba la Enmienda de Kigali, en el marco de la defensa de los derechos de la Madre Tierra, la lucha contra el cambio climático y el desarrollo del Objetivo Histórico 5 de la Ley Constitucional del Plan de la Patria.
Esta Ley tiene por objeto promover el desarrollo de nuevos emprendimientos y una cultura emprendedora orientada al aumento y diversificación de la producción de bienes y servicios, el despliegue de innovaciones y su incorporación al desarrollo económico y social de la Nación.
Esta Ley tiene por objeto promover y garantizar el uso del lenguaje con enfoque de género, inclusivo y no sexista, empleado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para contribuir a garantizar que la igualdad de las mujeres y los hombres sea real y efectiva en el uso del lenguaje.
La presente Ley tiene por objeto garantizar a todas las niñas, niños y adolescentes sus derechos a ser protegidas y protegidos contra cualquier forma de abuso sexual, a la integridad personal y al libre desarrollo de su personalidad como sujetos plenos de derecho bajo el principio de corresponsabilidad entre el Estado, las familias y la sociedad.
Esta ley tiene como objeto garantizar la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial venezolano, a través de la activa participación del Estado y el Pueblo, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los tratados internacionales suscritos y ratificados en lo concerniente al patrimonio cultural inmaterial.
La presente Ley tiene por objeto garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, la protección, respeto, goce y ejercicio de los derechos humanos y garantías constitucionales a la libertad y seguridad personal, a través de la acción de amparo constitucional, conforme a los principios de irrenunciabilidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad de los derechos humanos.