Periodista: Charles Delgado / Fotografía: Willmer Tovar
En la sesión ordinaria de este martes, la Asamblea Nacional (AN) aprobó, por unanimidad, parte del capítulo sobre el Régimen Sancionatorio del Proyecto de Ley Orgánica de Minas.
En la continuación de la segunda discusión de esta propuesta de ley, que ya cuenta con 115 artículos aprobados, fueron validados 12 de los 18 artículos que constituyen el Régimen Sancionatorio del futuro instrumento legal.
Este régimen sancionatorio, establecido a partir del artículo 113, impone castigos severos para quienes operen al margen de la ley. En este orden, la normativa destaca la explotación de minerales sin la debida habilitación minera, lo cual conllevará al pago de una multa por hasta mil veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor, publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV).
Asimismo, el artículo 114 penaliza el retardo o la omisión en la entrega de informes y planes requeridos por las autoridades, con multas que oscilan entre 500 y mil unidades de la moneda de mayor valor, dependiendo de la gravedad de la falta.
La ley también contempla la responsabilidad de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos. El artículo 115 establece sanciones económicas de entre 20 y 100 veces el tipo de cambio oficial para aquellos trabajadores que, por negligencia, incurran en deficiencias durante la formación de expedientes administrativos mineros.
Con la aprobación de estos artículos, la Asamblea Nacional reafirma su compromiso con la transparencia institucional y el uso responsable de las riquezas minerales del país para el beneficio del pueblo venezolano.