La presente Ley tiene por objeto regular la forma de la elección directa y la remoción de los Gobernadores de Estado.
Toda persona natural habitante de la República, o persona jurídica domiciliada en ésta, podrá solicitar ante los Tribunales competentes el amparo previsto en el artículo 49 de la Constitución, para el goce y el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aún de aquellos derechos fundamentales de la persona humana que no figuren expresamente en la Constitución, con el propósito de que se restablezca inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella.
Establecer una bonificación especial de transporte.
La ordenación del desarrollo urbanístico en todo el territorio nacional con el fin de procurar el crecimiento armónico de los centros poblados.
Establece lo referente al ejercicio de la función consular en el país.
El Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela evaluarán la situación patrimonial del Fondo con el objeto de determinar las cantidades que se destinarán a compensar a dicho Banco por las pérdidas cambiarias en que este incurra.
La Condecoración de la "Orden Brigido Iriarte", está destinada a premiar a quienes se hubieren destacado por los servicios distinguidos en pro del Deporte Nacional.
La Academia tendrá por objeto contribuir al desarrollo de las Ciencias Económicas y al estudio de la economía venezolana. En este sentido podrá: Promover, estimular y difundir trabajos de investigación de las Ciencias Económicas.
Regula lo relativo a la Propiedad Horizontal.
La enajenación de inmuebles urbanos y rurales por parcelas y por oferta pública, se rige por las disposiciones de la presente Ley. Se entiende como oferta pública a los fines de esta Ley, la que se haga por cualesquiera de los medios usuales de propaganda comercial.