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La presente Ley tiene por objeto Regular el aprovechamiento racional y sustentable de los minerales no metálicos, no reservados al Poder Nacional, ubicados en la jurisdicción del Distrito Capital, cualquiera que sea su origen o presentación, incluidas las actividades de exploración y explotación, y sus actividades conexas que comprenden: almacenamiento, tenencia, circulación, transporte y comercialización interna o externa, y beneficio de las sustancias extraídas; así como el control, régimen tributario y recaudación de los tributos de dicha actividad; salvo lo dispuesto en otras leyes.
Tipo
Ley
Condición
Vigencia Total
Fecha de Ingreso
Primera Discusión
Segunda Discusión
Sancion
16/12/2011
Comisión
Iniciativa
Nº Gaceta
39.868
Fecha
22/02/2012
Vigencia