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Caracas - Venezuela - mayo 09 2025 / 1:24 a. m.

Ley de Gestión de la Diversidad Biológica.

La presente Ley tiene por Objeto establecer las disposiciones para la gestión de la diversidad biológica en sus diversos componente, comprendiendo los genomas naturales o manipulados material genérico y sus derivados, especies, poblaciones, comunidades y los ecosistemas presentes en los espacios continentales, insulares, lacustres y fluviales, mar territorial, áreas marítimas interiores y el suelo, subsuelo y espacios aéreos de los mismos, en garantía de la seguridad y soberanía de la Nación; para alcanzar el mayor bienestar colectivo, en el marco del desarrollo sustentable.

Se Deroga la Ley de Diversidad Biológica publicada en la G.O.Nº 5468 de fecha 24/05/2000.

Quedan derogados los artículos 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, y 143 de esta Ley, por Ley Penal del Ambiente, publicada en la G.O. N° 39.913 de fecha 02/05/2012.

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Tipo
Ley

Condición
Vigencia Parcial

Fecha de Ingreso

Primera Discusión

Segunda Discusión

Sancion

Comisión

Iniciativa

Nº Gaceta
39.070

Fecha
01/12/2008

Vigencia

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