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Caracas - Venezuela - mayo 05 2025 / 12:17 a. m.

Ley de Extinción de la Acción Penal y Resolución de las Causas para los Casos del Régimen Procesal Penal Transitorio.

Queda extinguida la acción penal derivada de los hechos punibles, cuyos procesos se encuentren en el Régimen Procesal Penal Transitorio a que se contrae el artículo 521 del Código Orgánico Procesal Penal, en donde hayan transcurrido más de quince años desde que ocurrieron los hechos que ·dieron origen a  la investigación o  tuvo conocimiento de éstos las autoridades y  que, a partir' de la entrada en vigencia de la presente Ley no se haya presentado la acusación...

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Tipo
Ley

Condición
Vigencia Total

Fecha de Ingreso

Primera Discusión

Segunda Discusión

Sancion

Comisión

Iniciativa

Nº Gaceta
39236

Fecha
06/08/2009

Vigencia

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