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La presente Ley tiene por objeto establecer el procedimiento para la supresión y liquidación del Instituto Nacional del Menor, regido por la ley publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 2.303 extraordinario, de fecha 1 de septiembre de 1978. El ministerio con competencia en materia de desarrollo social velará y supervisará el cabal cumplimiento de los términos establecidos para su liquidación. El proceso de liquidación del Instituto Nacional del Menor se llevará a cabo en un lapso de seis meses contados a partir de la publicación de la presente Ley.
Reforma la Ley de Supresión del Instituto Nacional del Menor Publicada en la G.O. Nº 38365 de fecha 25/01/2006. Se deroga la Ley del Instituto Nacional del Menor, publicada en G.O.Nº 2303 de fecha 01/09/1978 y la Ley Tutelar de Menores, publicada en la G.O.Nº 2.710 Ext. de 30/12/1980, y todas las disposiciones legales y reglamentarias contrarias al presente Decreto Ley.
Tipo
Ley
Condición
Vigencia Total
Fecha de Ingreso
Primera Discusión
Segunda Discusión
Sancion
Comisión
Iniciativa
Nº Gaceta
38.796
Fecha
25/10/2007
Vigencia