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Caracas - Venezuela - mayo 05 2024 / 3:42 p. m.

Decreto Nº 474 por la cual se dicta la Ley de Correos.

El Correo es un servicio público prestado exclusivamente por el Estado que se regirá por las disposiciones de la presente Ley y sus Reglamentos y por las Convenciones, Acuerdos y Tratados Postales ratificados por la Nación.

En las disposiciones finales en su Art. 36 indica fecha exacta de entrada en vigencia. Deroga la Ley de Correos publicada en la G.O.Nº S/N de fecha 15/07/1955.

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Tipo
Ley

Condición
Vigencia Total

Fecha de Ingreso

Primera Discusión

Segunda Discusión

Sancion

Comisión

Iniciativa

Nº Gaceta
25.841

Fecha
18/12/1958

Vigencia
01/01/1959

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