Regular la creación, organización y funcionamiento de los Fondos de Capital de Riesgo y de las Sociedades de..." /> Regular la creación, organización y funcionamiento de los Fondos de Capital de Riesgo y de las Sociedades de...">

Caracas - Venezuela - mayo 05 2025 / 12:56 a. m.

Decreto Nº 1.550, con Fuerza de Ley de los Fondos y las Sociedades de Capital de Riesgo.

Regular la creación, organización y funcionamiento de los Fondos de Capital de Riesgo y de las Sociedades de Capital de Riesgo, mejorando de esta manera las condiciones de financiamiento de los sectores industriales, contribuyendo así con la generación de empleos y estimulando el desarrollo económico y social del país.

Se deroga el Capitulo II del Titulo III, denominado “de las Entidades de Inversión Colectiva de Capital de Riesgo”, de la Ley de Entidades de Inversión Colectiva publicada en la G.O. Nº 36027 de fecha 22/08/1996.

Descargar

Tipo
Ley

Condición
Vigencia Total

Fecha de Ingreso

Primera Discusión

Segunda Discusión

Sancion

Comisión

Iniciativa

Nº Gaceta
5.554 Ext.

Fecha
13/11/2001

Vigencia

Buscador






Palacio Federal Legislativo, Caracas - Venezuela /
Teléfono: +58 212 7783322