Regular la creación, organización y funcionamiento de los Fondos de Capital de Riesgo y de las Sociedades de..." /> Regular la creación, organización y funcionamiento de los Fondos de Capital de Riesgo y de las Sociedades de...">
Regular la creación, organización y funcionamiento de los Fondos de Capital de Riesgo y de las Sociedades de Capital de Riesgo, mejorando de esta manera las condiciones de financiamiento de los sectores industriales, contribuyendo así con la generación de empleos y estimulando el desarrollo económico y social del país.
Se deroga el Capitulo II del Titulo III, denominado “de las Entidades de Inversión Colectiva de Capital de Riesgo”, de la Ley de Entidades de Inversión Colectiva publicada en la G.O. Nº 36027 de fecha 22/08/1996.
Tipo
Ley
Condición
Vigencia Total
Fecha de Ingreso
Primera Discusión
Segunda Discusión
Sancion
Comisión
Iniciativa
Nº Gaceta
5.554 Ext.
Fecha
13/11/2001
Vigencia