Caracas - Venezuela - mayo 04 2024 / 12:44 a. m.

Parlamento aprueba ocho artículos de Ley Orgánica para Defensa de la Guayana Esequiba

Fecha: 09/01/2024

Periodista: Charles Delgado Campos / Fotografo: Danielle Rafaela Silva Rondon

Este martes, en sesión ordinaria, la Asamblea Nacional (AN) aprobó ocho artículos del Proyecto de Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, la cual fue aprobada en primera discusión y con urgencia parlamentaria el pasado 6 de diciembre.

Durante el debate, el presidente de la Comisión Permanente de Política Interior, diputado Diosdado Cabello Rondón (PSUV/Nacional), solicitó el diferimiento de la discusión debido a la llegada de diversas propuestas del Poder Popular al Palacio Federal Legislativo.

Este proyecto de ley tiene como objetivobestablecer los medios y mecanismos orientados a la defensa del territorio de la Guayana Esequiba, usurpado actualmente por la República Cooperativa de Guyana, como resultado del írrito Laudo Arbitral de 1899.

Se aprobó el primer capítulo de la ley, con las disposiciones fundamentales, que explican su finalidad y sus principios, integridad territorial, independencia, libertad, soberanía, inmunidad, autodeterminación nacional, cooperación e igualdad de los estados.

Ratifica y declara, en el artículo 4, lo írrito del laudo emitido por el Tribunal Arbitral reunido en París el 3 de octubre de 1899, mediante el cual se pretendió despojar a Venezuela del territorio de la Guayana Esequiba.

Igualmente, en su artículo 5, señala el Acuerdo de Ginebra de 1966 como único instrumento jurídico para resolver y alcanzar una solución práctica y mutuamente aceptable en la controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

En su artículo 8, la ley indica como obligación de todo venezolano y venezolana, proteger, resguardar y reivindicar el territorio de la Guayana Esequiba. Mientras que en su artículo 7 establece la cooperación de todo el Estado para trabajar en conjunto en defensa de la soberanía.

La ley contiene 22 artículos, una exposición de motivos, cuatro capítulos, una disposición transitoria y una final, que ordena la preservación de la independencia, ratificar el Acuerdo de Ginebra de 1966, decretar la Guayana Esequiba como estado de Venezuela y proteger la población que hace vida en ese territorio y a la que lo hará en el futuro.

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