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Comisión de Comunas aprueba informe para segunda discusión de Ley Orgánica de los Consejos Comunales

Fecha: 27/04/2023

Periodista: Zorayda Coromoto León Caro / Fotografo: Julio Domingo Rojas Lamón

Durante su reunión ordinaria de este miércoles, la Comisión Permanente de Desarrollo de las Comunas aprobó el Informe para la Segunda Discusión de la Reforma de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales.
 
La diputada Blanca Eekhout (PSUV/Miranda) informó que el proyecto con las modificaciones acordadas pasó de 61 a 33 artículos, luego de una amplia consulta que consolida la propuesta aprobada en primera discusión en la Plenaria de la Asamblea Nacional (AN) del 17 de noviembre pasado.  
 
Destacó que entre las transformaciones de la ley está la ampliación del periodo de funcionamiento de los consejos comunales, que será de 4 años, y constituye un logro de la participación del pueblo comunero durante el proceso de consulta del Poder Popular organizado.
 
 
Otro elemento importante  – señaló- es que la propuesta atiende a la solicitud del presidente de la República, Nicolás Maduro, de simplificar las leyes para que sean aplicables, no solamente para recoger la experiencia del pueblo, que convierte la ley en praxis creadora y transformadora que ha sido fundamental para el país y la revolución.
 
 
Recordó que la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, como pionera del cuerpo de leyes del Poder Popular, con esta reforma fortalecerá la asamblea de ciudadanos para el ejercicio de la democracia participativa y protagónica, facilitará el proceso de renovación de las vocerías, garantizará el ejercicio de contraloría social, además del apoyo al financiamiento de la organización comunal.
 
La parlamentaria aclaró que para la postulación a las vocerías del Poder Popular es necesario que la persona esté viviendo en el territorio en cuestión como mínimo un año, ser venezolano o venezolana y, en el caso de ser extranjero, cumplir con la normativa que permite el Estado. Asimismo, contar con las cualidades morales y éticas que le permitan ocupar tal responsabilidad y ser elegido en asamblea de ciudadanos, con al menos 40% del registro electoral en el territorio.

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