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Caracas - Venezuela - abril 29 2024 / 6:03 a. m.

Ley del Instituto Aeropuerto Internacional de Maiquetía.

Se crea un Instituto Autónomo, que se denominará Aeropuerto Internacional de Maiquetía, adscrito al Ministerio de Comunicaciones, con personalidad jurídica y patrimonio propio distinto e independiente del Fisco Nacional. La competencia, organización y funcionamiento del Instituto y de sus dependencias se regirán por esta Ley y por loe reglamentos respectivos reglamentos.

Esta Ley le concede la autonomía al Instituto que funcionará como una Dirección General del Ministerio de Comunicaciones. Queda parcialmente derogado el numeral 2 del Art. 4, el numeral 2 del Art. 9 de esta Ley, y queda derogado el Art. 5 de esta Ley por la Ley de Aviación Civil, publicada en la G.O. Nº 37293 de fecha 28/09/2001.

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Tipo
Ley

Condición
Vigencia Parcial

Fecha de Ingreso

Primera Discusión

Segunda Discusión

Sancion
04/08/1971

Comisión

Iniciativa

Nº Gaceta
29.585

Fecha
16/08/1971

Vigencia
16/08/1971

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