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Los Almacenes Generales de Depósitos tendrán por objeto la conservación y guarda de bienes muebles, y la expedición de certificados de depósito y de bonos de prenda. Sólo los Almacenes Generales de Depósito estarán facultados para expedir certificados de depósitos y bonos de prenda.
Tipo
Ley
Condición
Vigencia Total
Fecha de Ingreso
Primera Discusión
Segunda Discusión
Sancion
13/10/1936
Comisión
Iniciativa
Nº Gaceta
19.105
Fecha
07/11/1936
Vigencia