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Los yacimientos de hidrocarburos gaseosos existentes en el territorio nacional, bajo el lecho del mar territorial, de la zona marítima contigua y en la plataforma continental, pertenecen a la República, son bienes del dominio público y por tanto inalienable e imprescriptible.
Deroga la Ley que Reserva al Estado la Industria del Gas Natural publicada en la G.O. Nº 29594 de fecha 26/08/1971 y cualquier otra disposición que colida con la presente Ley.
Tipo
Ley
Condición
Vigencia Total
Fecha de Ingreso
Primera Discusión
Segunda Discusión
Sancion
12/09/1999
Comisión
Iniciativa
Nº Gaceta
36.793
Fecha
23/09/1999
Vigencia