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Caracas - Venezuela - abril 19 2024 / 7:41 p. m.

Decreto Nº 1.417 mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de Ley de Impuesto sobre Cigarrillo y Manufacturas del Tabaco.

Los cigarrillos, tabacos, picaduras y otros derivados del tabaco, importados o de producción nacional destinados al consumo en el país, serán gravados con el impuesto establecido en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.

Reforma el Decreto Nº 5619, con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma de Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco, publicado en la G.O N°5852 Ext. de fecha 05/10/2007.

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Tipo
Ley

Condición
Vigencia Parcial

Fecha de Ingreso

Primera Discusión

Segunda Discusión

Sancion
18/11/2014

Comisión

Iniciativa

Nº Gaceta
6.151 Ext.

Fecha
18/11/2014

Vigencia
16/02/2015

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