Caracas - Venezuela - mayo 30 2026 / 12:33 p. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas areas de interés nacional

ACUERDO EN RESPALDO A LA DEFENSA INTEGRAL DEL TERRITORIO DE LA GUAYANA ESEQUIBA Y A LA ESTRATEGIA JURÍDICA DEL ESTADO VENEZOLANO ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA

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CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Venezuela desempeñó un rol fundamental en el desconocimiento del Laudo Arbitral de París de 1899, impulsando la firma y posterior ratificación del Acuerdo de Ginebra de 1966; Que la Asamblea Nacional, en cumplimiento del mandato supremo dictado por el pueblo en el Referendo Consultivo del 3 de diciembre de 2023, sancionó la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, creando formalmente el estado número 24 y consolidando su institucionalidad mediante la juramentación de sus diputados ante el Poder Legislativo; Que el territorio de la Guayana Esequiba es parte integrante e irrenunciable de la República Bolivariana de Venezuela, sobre el cual poseemos títulos históricos, jurídicos y cartográficos incuestionables que datan de la conformación de la Capitanía General de Venezuela en 1777; Que el Estado venezolano, en ejercicio de su soberanía y actuando en defensa de los intereses de la Nación, ha presentado ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) los sólidos argumentos de hecho y de derecho que demuestran la nulidad absoluta del Laudo Arbitral de 1899, el cual fue el resultado de un fraude procesal contra nuestra integridad territorial; Que la República Bolivariana de Venezuela mantiene una postura histórica, firme e irrenunciable de desconocimiento a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para dirimir la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba, fundamentada en que el consentimiento de las partes es un principio básico del Derecho Internacional para que dicho tribunal pueda conocer de un asunto, requisito que Venezuela jamás ha otorgado ni reconocerá en este caso; Que el Acuerdo de Ginebra de 1966, es el único instrumento jurídico internacional válido y vigente para alcanzar una solución práctica y satisfactoria a la controversia territorial, el cual debe ser la base fundamental de cualquier resolución entre las partes; Que este cuerpo legislativo ratifica su compromiso con la integridad territorial mediante el respaldo unánime a las estrategias jurídicas y diplomáticas del Ejecutivo Nacional, fundamentadas en el Acuerdo de Ginebra de 1966 como única vía legítima para la resolución de la controversia y la salvaguarda de nuestros derechos históricos; Que la unidad nacional y el consenso de todos los sectores de la vida pública en el país son pilares fundamentales para fortalecer la posición histórica de la República Bolivariana de Venezuela en las instancias internacionales, reafirmando que el Sol de Venezuela nace en el Esequibo.

ACUERDA

PRIMERO. Ratificar el respaldo absoluto de esta Asamblea Nacional a todas las acciones emprendidas por el Ejecutivo Nacional en el marco de la defensa integral de nuestra soberanía territorial sobre la Guayana Esequiba. SEGUNDO: Coadyuvar con la estrategia jurídica y diplomática que el Estado venezolano despliega ante la Corte Internacional de Justicia, reconociendo la solvencia técnica y el rigor histórico de los documentos y pruebas presentadas en defensa de la verdad de Venezuela. TERCERO. Exhortar a todo el pueblo venezolano a mantener la unidad nacional en torno a esta causa justa, que trasciende cualquier diferencia política y se constituye como un mandato de la conciencia histórica de la Patria, tal como fue reflejado en el Referendo Consultivo del 3 de diciembre de 2023. CUARTO. Promover, a través de la movilización parlamentaria y la diplomacia de los pueblos, el conocimiento y la aplicación de la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, como expresión de la voluntad soberana manifestada por el pueblo venezolano. QUINTO. Recordar el respaldo unánime que el Congreso de Venezuela otorgó en 1966 a dicho tratado, estableciendo la base jurídica que hoy sigue siendo el único camino legal para una solución satisfactoria a la controversia. SEXTO. Declarar la unión nacional total y sin fisuras de esta Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en la defensa estratégica, jurídica y política de la Guayana Esequiba, destacando que ante esta verdad plena, no existen colores políticos. SÉPTIMO. Publicar el presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los doce (12) días del mes de mayo de dos mil veintiséis (2026). Años: 216° de la Independencia, 167° de la Federación y 27° de la Revolución Bolivariana.

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