CONSIDERANDO
Que el mayor Eliézer Otaiza Castillo, nacido el 07 de enero de 1965 en la ciudad de Valencia, fue un hombre leal a los principios y valores de la Patria en su calidad de soldado combatiente y fiel constructor de la Revolución Bolivariana, dedicando su vida a defender las causas justas del Pueblo venezolano y luchar incansablemente por la construcción de una sociedad igualitaria, solidaria, socialista y soberana; Que el mártir Eliézer Otaiza, durante su vida y obra, se dedicó a la formación de las Artes y Ciencias Militares, egresado de la Academia Militar; siguiendo el sendero revolucionario de nuestro Comandante Eterno Hugo Chávez, fue uno de los protagonistas en el movimiento cívico militar del 27 de noviembre de 1992. Además, perteneció al Movimiento Quinta República, fue figura insigne de la Asamblea Nacional Constituyente de 1999, donde propuso el nombre a nuestra Nación como "República Bolivariana de Venezuela", con el propósito de refundar una nueva República garante de democracia, de derecho y de justicia social; y Presidente del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador de Caracas en el año 2014; Que por su intachable accionar político frente a las injusticias cometidas contra el Pueblo Venezolano, fue cruel e inhumanamente asesinado, por los sectores de la ultraderecha extremista y bajo las órdenes directas del imperio norteamericano. No obstante, Eliézer Otaiza continúa siendo ejemplo vivo para la Juventud y el Pueblo de Venezuela, siguiendo su legado para forjar la conciencia socialista y soberana de las próximas generaciones.
ACUERDA
PRIMERO. Conmemorar junto al Pueblo y la Juventud venezolana el natalicio de Eliézer Reinaldo Otaiza Castillo como valiente soldado, creyente del socialismo como único camino para lograr la soberanía y la paz. SEGUNDO. Promover las publicaciones y textos destinados a difundir la vida y obra del líder revolucionario Eliézer Otaiza como mecanismo fundamental para la formación política de la Juventud y el Pueblo de Venezuela, con la finalidad de continuar su legado y fortalecer la conciencia, la moral y la ética revolucionaria. TERCERO. Publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los siete días del mes de enero de dos mil veinticinco. Años 214° de la Independencia, 165° de la Federación y 25° de la Revolución Bolivariana.