CONSIDERANDO
Que el 19 de abril de 1810 señala el inicio del proceso emancipador de Venezuela, cuando el pueblo de Caracas, en un acto de valentía y determinación, manifestó su voluntad soberana de desconocer la autoridad de la Corona Española y establecer un gobierno propio; Que el 19 de abril de 1810 marcó el proceso emancipador de Venezuela, constituyendo las bases doctrinarias y políticas para la configuración de una nación libre, soberana e independiente, cuyo legado ético es el sustento moral de nuestra República; Que el 19 de abril no es una fecha aislada, sino el inicio de un Ciclo Bicentenario de larga duración que conecta las luchas de resistencia ancestral con la defensa contemporánea de nuestra soberanía, bajo la premisa de Nuestramérica como identidad liberadora frente a los conceptos coloniales impuestos; Que la gesta libertaria fue el resultado de una alianza estratégica entre los próceres civiles y militares, quienes antepusieron el bien común y la libertad sobre sus propios intereses y seguridad personal; conformando un legado ético e intelectual que hoy constituye el sustento moral de la República, y cuya vigencia exige ser honrada de forma permanente por todas las instituciones del Estado y las generaciones venideras como salvaguarda de nuestra dignidad nacional; Que la Asamblea Nacional, como expresión de la voluntad popular, asume el compromiso histórico de custodiar y exaltar las fechas patrias que definen nuestra identidad; promoviendo los valores de autodeterminación, independencia y justicia social, principios que nacieron en la Plaza Mayor de Caracas y que siguen siendo la guía de nuestra existencia como nación soberana.
ACUERDA
PRIMERO. Conmemorar con profundo sentido patriótico el 216° Aniversario del grito de la Independencia de Venezuela, reivindicando el 19 de abril de 1810 como el hito fundacional de la libertad venezolana y referente de emancipación para toda Hispanoamérica. SEGUNDO. Rendir tributo a la memoria de los patriotas civiles y militares, especialmente a los sujetos históricamente oprimidos, negros, indios, pardos y blancos de orilla, cuyo sacrificio sentó las bases de nuestra dignidad nacional. TERCERO. Exhortar a las instituciones educativas, culturales y a la sociedad civil a profundizar en el estudio de los hechos del 19 de abril de 1810, resaltando la importancia de la unidad nacional y el ejercicio de la soberanía frente a cualquier amenaza extranjera. CUARTO. Impulsar la profundización y la Democratización de la Historia, promoviendo que los archivos y documentos que definen nuestra identidad sean de acceso público y comunitario, como salvaguarda de nuestra soberanía frente a cualquier amenaza extranjera. QUINTO. Publicar el presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los veintiún (21) días del mes de abril de dos mil veintiséis (2026). Años 216° de la Independencia, 167° de la Federación y 27° de la Revolución Bolivariana.