Caracas - Venezuela - mayo 01 2025 / 12:05 a. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas areas de interés nacional

ACUERDO POR EL CAMBIO DE PAISAJE DEL ABOGADO, POETA, DEFENSOR DE LOS TRABAJADORES, LEAL Y CONSECUENTE DE LAS CAUSAS JUSTAS DEL PUEBLO, DOCTOR JULIÁN ISAÍAS RODRÍGUEZ DÍAZ

Descargar

CONSIDERANDO

Que el pasado 12 de enero de 2025 falleció Julián Isaías Rodríguez Díaz, primer vicepresidente ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela y Fiscal General de la República, conocido como el poeta y Fiscal Valiente al actuar como figura clave contra el golpe de estado del 11 y 12 de abril de 2002; Que Isaías Rodríguez fue uno de los fundadores de la República Bolivariana de Venezuela, participando en las asambleas constituyentes de 1999 y 2017. Se desempeñó como Embajador de la República Bolivariana de Venezuela en Italia, dejando un legado imborrable en la historia política de nuestra nación; Que su valentía y dedicación a la causa revolucionaria fueron y seguirán siendo recordadas como un ejemplo de compromiso y lucha por la justicia social y la soberanía de la Patria, marcando un legado inspirador para las futuras generaciones a continuar su labor en defensa de la nación.

ACUERDA

PRIMERO. Expresar las más sentidas condolencias por la partida física del político, abogado y poeta, Julián Isaías Rodríguez Díaz, dejando un vacío en el alma y la conciencia de quienes compartieron junto a él este sendero revolucionario. SEGUNDO. Reiterar los sentimientos de admiración y liderazgo eterno a Isaías Rodríguez como militante combatiente y ejemplar luchador social para consolidar una sociedad justa, igualitaria y solidaria para las nuevas generaciones que asumirán los grandes retos y desafíos del futuro. TERCERO. Desarrollar planes y programas destinados al conocimiento y aprendizaje de la vida y obra del líder revolucionario Julián Isaías Rodríguez Díaz, como mecanismo fundamental para la formación política de la juventud y el pueblo venezolano con la finalidad de continuar su legado y fortalecer la conciencia, la moral y la ética revolucionaria. CUARTO. Publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo; de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los catorce días del mes de enero de dos mil veinticinco. Años 214° de la Independencia, 165° de la Federación y 25° de la Revolución Bolivariana.

Buscador






Palacio Federal Legislativo, Caracas - Venezuela /
Teléfono: +58 212 7783322