CONSIDERANDO
Que el pasado 12 de enero de 2025 falleció Julián Isaías Rodríguez Díaz, primer vicepresidente ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela y Fiscal General de la República, conocido como el poeta y Fiscal Valiente al actuar como figura clave contra el golpe de estado del 11 y 12 de abril de 2002; Que Isaías Rodríguez fue uno de los fundadores de la República Bolivariana de Venezuela, participando en las asambleas constituyentes de 1999 y 2017. Se desempeñó como Embajador de la República Bolivariana de Venezuela en Italia, dejando un legado imborrable en la historia política de nuestra nación; Que su valentía y dedicación a la causa revolucionaria fueron y seguirán siendo recordadas como un ejemplo de compromiso y lucha por la justicia social y la soberanía de la Patria, marcando un legado inspirador para las futuras generaciones a continuar su labor en defensa de la nación.
ACUERDA
PRIMERO. Expresar las más sentidas condolencias por la partida física del político, abogado y poeta, Julián Isaías Rodríguez Díaz, dejando un vacío en el alma y la conciencia de quienes compartieron junto a él este sendero revolucionario. SEGUNDO. Reiterar los sentimientos de admiración y liderazgo eterno a Isaías Rodríguez como militante combatiente y ejemplar luchador social para consolidar una sociedad justa, igualitaria y solidaria para las nuevas generaciones que asumirán los grandes retos y desafíos del futuro. TERCERO. Desarrollar planes y programas destinados al conocimiento y aprendizaje de la vida y obra del líder revolucionario Julián Isaías Rodríguez Díaz, como mecanismo fundamental para la formación política de la juventud y el pueblo venezolano con la finalidad de continuar su legado y fortalecer la conciencia, la moral y la ética revolucionaria. CUARTO. Publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo; de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los catorce días del mes de enero de dos mil veinticinco. Años 214° de la Independencia, 165° de la Federación y 25° de la Revolución Bolivariana.