Caracas - Venezuela - enero 17 2025 / 12:52 a. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas areas de interés nacional

ACUERDO PARA CONMEMORAR EL DÍA DEL ADULTO MAYOR EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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CONSIDERANDO

Que el 29 de mayo se celebra el Día del Adulto Mayor en la República Bolivariana de Venezuela, en el que reconocemos la entrega de nuestros abuelos y abuelas en la construcción de la Patria, a pesar de las dificultades que vulneran su estado de bienestar social producto de las sanciones criminales de los Estados Unidos de América y de sus aliados; un día para reafirmar el respeto y el trato digno de las adultas y de los adultos mayores.
Que el Estado Venezolano, desde su refundación en 1999, ha desarrollado políticas, planes y programas orientados a dignificar la vida de las personas adultas mayores; y que el pasado 8 de mayo el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, creó la Gran Misión Abuelos y Abuelas de la Patria para fortalecer la seguridad social, brindar salud, alimentación y protección social a nuestros adultos mayores.
Que esta Asamblea Nacional sancionó de manera unánime la Ley Orgánica para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas Adultas Mayores, con el objetivo de promover el respeto a la dignidad y a la autonomía de estas mujeres y hombres, en favor de garantizar que sus derechos humanos se cumplan por parte del Estado, la sociedad y las familias, sin discriminación alguna y en igualdad de condiciones.

ACUERDA

PRIMERO. Celebrar junto al Pueblo venezolano el Día del Adulto Mayor en la República Bolivariana de Venezuela como fecha para el reconocimiento y valorización de las personas adultas mayores como sujetos de derecho, su participación en las familias, la sociedad y su contribución en el desarrollo económico, político y social de la Nación.
SEGUNDO. Apoyar las políticas, planes y programas orientados a fortalecer el bienestar social y las garantías, para el pleno y efectivo ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores.
TERCERO. Publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil veinticuatro. Años 214° de la Independencia, 165° de la Federación y 25° de la Revolución Bolivariana.

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Teléfono: +58 212 7783322