Caracas - Venezuela - enero 01 2026 / 3:44 p. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas areas de interés nacional

ACUERDO EN RESPALDO A LA CUARTA CONSULTA POPULAR NACIONAL DEL AÑO 2025 EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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CONSIDERANDO

Que el artículo 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra la soberanía popular como el fundamento del Estado democrático y social de derecho y de justicia, estableciendo que esta reside de manera intransferiblemente en el pueblo, y en su artículo 70 en relación con los mecanismos de democracia participativa y protagónica, verdadera y popular, siendo la Consulta uno de los instrumentos esenciales para el ejercicio de la soberanía por parte del pueblo venezolano; Que el próximo domingo 23 de noviembre, las ciudadanas y los ciudadanos acudirán, en ejercicio de su soberanía, a la cuarta (4) Consulta Popular Nacional del año 2025 y la séptima (7) en general por la reafirmación de la democracia participativa y protagónica, para atender las necesidades prioritarias de sus respectivos ámbitos territoriales sobre la base de 36.574 proyectos postulados; Que el pueblo venezolano podrá votar en centros de votación habilitados para este proceso, profundizando de esta manera nuestra robusta democracia y su sistema electoral; Que esta Consulta Nacional, impulsada por 5.336 Comunas y Circuitos Comunales, fortalece el Poder Popular, la autogestión comunal, la contraloría social y consolida la transferencia de recursos y responsabilidades a las bases de la sociedad venezolana; Que la Consulta Popular Nacional impulsada por el Presidente Nicolás Maduro Moros, representa un instrumento democrático de gran impacto destinado a garantizar la paz, fortalecer la estabilidad política y promover la tranquilidad de la República, al asegurar que las grandes determinaciones nacionales cuenten con el respaldo y la legitimidad de la voluntad del pueblo venezolano.

ACUERDA

PRIMERO. Manifestar nuestro firme respaldo y apoyo irrestricto a la celebración y a los resultados que emanen de la Cuarta Consulta Popular Nacional en la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO. Reconocer que esta Consulta Popular es un acto genuino de ejercicio de la soberanía a nivel de base, donde el pueblo, en sus comunidades, asume el papel participativo y protagónico en la toma de decisiones sobre la asignación de recursos y la ejecución de proyectos de alto impacto social en su ámbito territorial. TERCERO. Exhortar a todas las instituciones del Estado, en sus distintos niveles y ramas del Poder Público, a continuar prestando la máxima colaboración y a garantizar las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad necesarias para la exitosa realización de este importante proceso para el desarrollo del país. CUARTO. Invitar al pueblo venezolano a participar masiva y activamente en la Cuarta Consulta Popular a celebrarse el próximo domingo 23 de noviembre de 2025 en todo el territorio nacional, ejerciendo su derecho a decidir sobre los proyectos que impactarán directamente en la mejora de su calidad de vida y en el desarrollo de sus comunidades. QUINTO. Publicar el presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los veinte días del mes de noviembre de dos mil veinticinco. Años 215° de la Independencia, 166° de la Federación y 26° de la Revolución Bolivariana.

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