CONSIDERANDO
Que CITGO Petroleum Corporation, es una empresa venezolana filial de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), y uno de los principales activos estratégicos de la Nación en el exterior, cuyo valor se estima en miles de millones de dólares; Que desde el año 2019, la administración y control de CITGO fue ilegalmente arrebatada al Gobierno venezolano por un grupo de fascistas ladrones de la derecha, en complicidad con el gobierno de los Estados Unidos de América, permitiendo un despojo de facto con la anuencia de un tribunal federal, orquestando un proceso judicial para el expolio de las acciones de PDV Holding,Inc., matriz de CITGO, con el grosero y dantesco pretexto de pagar deudas y laudos arbitrales; Que esta acción judicial representa una abierta transgresión del Derecho Internacional Público y de las normas que rigen la convivencia pacífica y el respeto a la soberanía de los Estados, configurándose como un acto de delincuencia organizada internacional; Que el proceso de expoliación de CITGO se caracterizó por la exclusión, indefensión y la violación de las garantías judiciales del Estado venezolano, verdadero y único propietario del activo; Que dicho acto constituye una nueva y grave agresión económica de carácter imperialista, destinada a despojar al pueblo venezolano de un activo vital para su desarrollo, bienestar social y consolidación económica, sumándose a la escalada de agresión militar que pretende sin éxito desestabilizar la paz y la estabilidad en nuestro país.
ACUERDA
PRIMERO. Rechazar de manera categórica y enérgica el proceso de expoliación de las acciones de CITGO Petroleum Corporation, por constituir un despojo flagrante del patrimonio nacional bajo la complicidad de un sistema judicial instrumentalizado por intereses imperiales. SEGUNDO. Declarar nula e írrita cualquier decisión judicial o administrativa emanada de tribunales o entidades de los Estados Unidos de América que ordene o facilite la expoliación y enajenación forzosa de CITGO, y en consecuencia, no reconocer otro propietario que no sea la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO. Denunciar ante todos los foros internacionales serios y competentes, el grave precedente que sienta esta acción de lawfare (guerra jurídica) y agresión económica multiforme contra un Estado soberano, exigiendo la inmediata restitución del control total de nuestra empresa CITGO a sus legítimas autoridades. CUARTO. Respaldar todas las acciones legales, diplomáticas y políticas que emprenda el Poder Ejecutivo y las autoridades competentes de PDVSA para detener, revertir y castigar a los responsables de este despojo. QUINTO. Exhortar al Ministerio Público, a la Procuraduría General de la República y demás instancias pertinentes a profundizar las investigaciones y aplicar la Ley de Extinción de Dominio y la Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela, así como todas las leyes nacionales e internacionales pertinentes, contra los actores que hayan participado en la facilitación de este expolio. SEXTO. Exhortar al Ejecutivo Nacional a constatar el retiro inmediato de la nacionalidad venezolana a todas aquellas personas que se le compruebe su participación en el expolio a nuestra empresa CITGO, con base en el artículo 130 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes de la Republica. SÉPTIMO. Publicar el presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los dos días del mes de diciembre de dos mil veinticinco. Años 215° de la Independencia, 166° de la Federación y 26° de la Revolución Bolivariana.