Caracas - Venezuela - noviembre 06 2024 / 10:19 p. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas areas de interés nacional

ACUERDO EN CONMEMORACIÓN DEL 1° DE MAYO, DÍA INTERNACIONAL DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES

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CONSIDERANDO

Que el primero de mayo de cada año se conmemora el díainternacional de las trabajadoras y los trabajadores, fecha queconstituye símbolo de reconocimiento del movimiento obrero yreafirmación de su lucha por las mejoras laborales y salariales;Que en 1999 el Comandante Hugo Chávez Frías constitucionalizó elderecho del trabajo como principio fundamental dentro del ordenpolítico, económico y social, para alcanzar estos fines como loestablece nuestra Constitución de la República Bolivariana deVenezuela;Que también se cumplen 12 años desde aquel 30 de abril de 2012, díahistórico en el que el Comandante Hugo Chávez Frías, decreta lanueva Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y lasTrabajadoras, instrumento jurídico fundamental y un acto de justiciaque reivindica la lucha histórica de las trabajadoras y trabajadores porel reconocimiento de sus derechos.Que las trabajadoras y los trabajadores venezolanos, baluartes yprotagonistas del crecimiento económico y de la economía real,despertaron en medio de las grandes dificultades creadas por elcriminal bloqueo aplicado por los Estados Unidos de América y susadláteres contra la República Bolivariana de Venezuela.

ACUERDA

PRIMERO. Felicitar a la clase obrera venezolana en laconmemoración del Día Internacional de las Trabajadoras y losTrabajadores, así como reconocer la disposición y el esfuerzo que díaa día realizan por la construcción de una sociedad más justa eigualitaria.SEGUNDO. Respaldar al Presidente Obrero Nicolás Maduro Moros ensu continuo empeño por proteger las justas reivindicaciones de laclase obrera y su rol en la transformación social, económica y políticaque vive nuestro País hacia la construcción del Socialismo.TERCERO. Publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de laRepública Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo.Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de laAsamblea Nacional, en Caracas, a los treinta días del mes de abril dedos mil veinticuatro. Años 214° de la Independencia, 165° de laFederación y 25° de la Revolución Bolivariana.

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