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Esta Ley tiene por objeto establecer los principios, bases y lineamientos que rigen el uso de las tecnologías de información en el Poder Público y el Poder Popular, para mejorar la gestión pública y los servicios que se prestan a las personas; impulsando la transparencia del sector público; la participación y el ejercicio pleno del derecho de soberanía; así como, promover el desarrollo de las tecnologías de información libres en el Estado; garantizar la independencia tecnológica; la apropiación social del conocimiento; así como la seguridad y defensa de la Nación.
Se Deroga el decreto N° 3.390, Mediante el cual se dispone que la Administarción Pública Nacional empleara prioritariamente Software libre desarrollado con estandares abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. publicado en la G.O.N°38095 de fecha 28/12/2004. (SOFTWARE LIBRE) Se Deroga el Capitulo I del Titulo III y el Titulo V del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Sobre Acceso de Intercambio Electronico de Datos, Información y Documentos entre los Organos y Entes del Estado,publicado en la G.O. N° 39.945 de fecha 15/06/2012.
Tipo
Ley
Condición
Vigencia Total
Fecha de Ingreso
Primera Discusión
Segunda Discusión
Sancion
17/09/2013
Comisión
Iniciativa
Nº Gaceta
40.274
Fecha
17/10/2013
Vigencia
17/08/2014