La Comisión Permanente De Contraloría, para dar cumplimiento al artículo 211 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y al artículo 101 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, abre el proceso de consula pública al presente proyecto de ley:
La presente Ley tiene por objeto promover la educación contra la corrupción y los valores de ética pública y moral administrativa en los ciudadanos; establecer las normas que deben observar las personas sujetas a la misma para la administración.....
La Comisión Permanente De Contraloría, para dar cumplimiento al artículo 211 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y al artículo 101 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, abre el proceso de consula pública al presente proyecto de ley:
La presente Ley tiene por objeto promover la educación contra la corrupción y los valores de ética pública y moral administrativa en los ciudadanos; establecer las normas que deben observar las personas sujetas a la misma para la administración, manejo o custodia de los bienes públicos, a fin de salvaguardar el patrimonio público y garantizar su adecuada utilización conforme a los principios de honestidad, probidad, participación, transparencia, eficiencia, eficacia, legalidad, rendición de cuentas y responsabilidad que rigen el ejercicio de la función pública; así como la tipificación de los delitos contra el patrimonio público y el correcto funcionamiento de las instituciones del Estado y las sanciones que deberán aplicarse a quienes infrinjan estas disposiciones.