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Caracas - Venezuela - abril 23 2024 / 8:10 p. m.

Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo.

Los asuntos contenciosos del trabajo, que no correspondan a la conciliación ni al arbitraje, y en todo caso, las cuestiones de carácter contencioso que suscite la aplicación de las disposiciones legales y de las estipulaciones de los contratos de trabajo, serán sustanciados y decididos por los Tribunales del Trabajo que se indican en la presente Ley.

La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, publicada en la G.O.Nº 37.504 de fecha 13/08/2002, Derogó ésta Ley parcialmente con la excepción de los Artículos 33 Al 41, ambos inclusive.

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Tipo
Ley

Condición
Vigencia Parcial

Fecha de Ingreso

Primera Discusión

Segunda Discusión

Sancion
13/07/1959

Comisión

Iniciativa

Nº Gaceta
26.116

Fecha
19/11/1959

Vigencia

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