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La presente Ley tiene por objeto garantizar la conservación de los bosques y demás componentes del patrimonio forestal y otras formas de vegetación silvestre no arbórea, estableciendo los preceptos que rigen el acceso y manejo de estos recursos naturales, en función de los intereses actuales y futuros de la Nación, bajo los lineamientos del desarrollo sustentable y endógeno.
Se Deroga el decreto N°6.070 Con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Bosques y Gestión Forestal, publicado en la G.O.N° 38946 de Fecha 05/06/2008.
Tipo
Ley
Condición
Vigencia Total
Fecha de Ingreso
Primera Discusión
Segunda Discusión
Sancion
16/07/2013
Comisión
Iniciativa
Nº Gaceta
40.222
Fecha
06/08/2013
Vigencia
06/08/2013